viernes, 28 de diciembre de 2012
lunes, 26 de noviembre de 2012
INPE REALIZA TRASLADO DE INTERNOS HACIA SUS PENALES DE ORIGEN
NOTA DE PRENSA Nº 29
Así mismo
por medidas de seguridad retorna a
10 internos a Challapalca
INPE REALIZA TRASLADO DE INTERNOS HACIA SUS PENALES DE ORIGEN
En los próximos días se espera trasladar a
un promedio de cien internos a sus lugares de origen
El último fin de semana, en medio de estrictas medidas de seguridad se realizó el traslado de 05
internos entre ellos Huansi Rojas Marco
Antonio (Robo agravado) al E.P. Huánuco,
quien en el 2010 participó en la toma de rehenes en el E.P. Chachapoyas; Nilton
Arias padilla (Robo Agravado), Bernales Vivar Julio Alexander (a) “pepe loco”
(Robo agravado), quien en febrero pasado fugó del E.P.R.C.E. Challapalca junto
a otros 16 internos, Oscar Luis castro
Cisneros (TIA) y Edwin Gamboa Coronado (a) “pollo gordo” (TID), quien en el 2008 fue capturado con más de 43 kilos de alcaloide de cocaína,
camuflados en un moderno vehículo en la
salida a Arequipa y Oscar Luis Castro (TIA), los cuatro últimos
fueron trasladados a los penales de Ancón I
y Castro Castro.
Así mismo
se procedió al traslado de 10
internos del E.P. Juliaca hacia el E.P.R.C.E. Challapalca entre ellos: Dávalos Arica Manuel Humberto (Secuestro)
alias Peque secuestrador de la banda de los Chalacos sentenciado a 30 años de
Pena Privativa de la libertad, Quispe Flores Yone (Violaciòn Sexual) sentenciado a 30 años de
PPL, presunto implicado en la toma de rehenes de Challpalca, Moncada Vera Alex
Denis (TID) sentenciado a 6 años de PPL implicado en la fuga de
Challpalca, este traslado se realiza principalmente por medidas de seguridad.
El titular de la Oficina Regional
Altiplano Puno Lic. Wilfredo Pacho Chicani
viene realizando gestiones
para retornar a sus lugares de
origen a internos
de otras regiones por lo que en los
próximos días se espera realizar
el traslado de aproximadamente
100 internos a nivel nacional.
Puno, 26 de Noviembre del 2012
Agradecidos por su difusión
martes, 30 de octubre de 2012
AVISO DE CONVOCATORIA - CONCURSO PÚBLICO NACIONAL DE MÉRITOS
El Instituto Nacional Penitenciario - INPE, Organismo Público Ejecutor del Sector Justicia, rector del Sistema Penitenciario Nacional, anuncia su convocatoria al Concurso Público de Méritos CPM INPE 2012 – 4 para cubrir 89 vacantes, bajo el Régimen Laboral Público - DL. 276, para puestos de nivel Profesional y Técnico, según se detalla:
PUESTO
|
NIVEL
|
VACANTES
|
1.
Médico
|
Profesional
|
04
|
2.
Trabajador (a) Social
|
Profesional
|
59
|
3.
Técnico de Trabajo (Responsable de Talleres)
|
Técnico
|
26
|
Las
Bases, en donde se consignan: el cronograma, perfiles de puesto, distribución
de plazas así como toda la información referida al proceso serán publicadas en
la página web del INPE (www.inpe.gob.pe) a partir del martes
02 de Noviembre del 2012.
Los
interesados podrán registrarse “en línea” accediendo al link habilitado para
tal fin en la página web www.inpe.gob.pe del 02/Nov./2012 al 08/Nov./2012.
Comité de
Selección de Personal
R.P. Nº 520-2012-INPE/P
jueves, 25 de octubre de 2012
PDP - Plan de Desarrollo de las Personas
Con
el fin de apoyar a las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades
públicas en la planificación de las actividades de capacitación y
evaluación de las personas al servicio del Estado, la Autoridad Nacional
del Servicio Civil - SERVIR viene diseñando herramientas e instrumentos
que sirvan como insumos a los encargados de los recursos humanos en las
entidades públicas. En esa línea, en marzo de 2011 se emitió la
Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al
Servicio del Estado (PDP), en la que SERVIR establece los contenidos
mínimos para la planificación de la capacitación. Esta labor, que ejerce
SERVIR como ente rector, viene siendo complementada con la prestación
de asistencia técnica focalizada, el desarrollo de guías metodológicas y
la absolución de consultas a través del correo
pdp@servir.gob.pe.
Novedades
Listado de Municipalidades Provinciales obligadas a elaborar y presentar sus PDP en el presente año. Haga click aquí.
Comunicado 002-2012-SERVIR/GDCR: Se recuerda que el plazo para la elaboración y presentación del PDP de las Municipalidades Provinciales vence en mayo de 2012. Haga click aquí.
Comunicado 001-2012-SERVIR/GDCR - Se recuerda que el plazo para Gobierno Nacional y gobiernos regionales vence el 30 de enero de 2012. Ver aquí
A considerar para la presentación del PDP Quinquenal:
Proceso de recepción del PDP Quinquenal. Haga click aquí. Guía Metodológica. Haga click aquí.
Directiva sobre el PDP. Haga click aquí.
Preguntas Frecuentes de la Directiva. Haga click aquí.
Listado de entidades obligadas a presentar PDP Anualizado 2012. Ver aquí
Resultados del concurso para la asistencia técnica en un Gobierno Regional. Vea los resultados aquí.
Lista de entidades que cumplieron con la entrega del PDP Quinquenal en el plazo. Descargue la lista aquí.
Taller de Capacitación para la elaboración del Plan de Desarrollo de Personas (PDP) al servicio del Estado. Elija la presentación
- Presentación general del PDP. Flor Blanco, Profesional de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento de SERVIR.
- Plan de capacitación SUNAT. Juan Manuel Flores, Gerente de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos de SUNAT.
- Diagnóstico de necesidades de capacitación del Gobierno Regional de Loreto. Por Jesús Quezada, Técnico Administrativo de la Oficina Ejecutiva de Logística del Gobierno Regional de Loreto.
- Diagnóstico de conocimientos sobre el SNIP. Por Jorge Arrunátegui, Gerente de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento de SERVIR.
- Modelo de Gestión del Potencial Humano de OSINERGMI. Por Verónica Peralta, Jefe de Recursos Humanos de OSINERGMIN.
- Presentación de la Guía Metodológica del PDP. Por Sato Tamashiro, consultora especialista en Recursos Humanos
Video de difusión sobre el Plan de Desarrollo de Personas (PDP)
lunes, 17 de septiembre de 2012
Descargar Exposicion y Lineamientos para migración a la Nueva Ley Penitenciaria
DESCARGAR EXPOSICIONES
EXPOSITORES:
- Lic. Myriam Parker Chavez.
Jefe de la Unidad de Recursos Humanos - Sede Central - INPE.
- Lic. Myriam Parker Chavez.
Jefe de la Unidad de Recursos Humanos - Sede Central - INPE.
- Armando Zarate Ramirez.
Equipo de Remuneraciones y Desplazamientos- Sede Central - INPE.
- Manuela Caballero García.
Equipo de Beneficios Sociales - Sede Central - INPE.
Equipo de Beneficios Sociales - Sede Central - INPE.
miércoles, 12 de septiembre de 2012
403 AGENTES PENITENCIARIOS SE INTEGRARON A LAS FILAS DEL INPE
"Señores aspirantes, bienvenidos al INPE. Con la incorporación de
ustedes podremos avanzar en el trabajo que se nos ha encomendado. He
podido apreciar en ustedes la mística, disciplina y responsabilidad,
continúen con esa característica", fueron las palabras del segundo
vicepresidente del Consejo Nacional Penitenciario, Oscar Ayzanoa Vigil,
durante la ceremonia de clausura del período de capacitación de 403
aspirantes, quienes desde hoy se integraron a las filas del INPE.
El acto protocolar fue realizado en el patio de honor del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP) a donde asistió el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Daniel Peirano Sánchez; la secretaria general del CNP, Laura Diaz Ugas; el director del CENECP, Max Flores Quispe; los directores regionales de Lima, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Nor Oriente San Martín, Sur Oriente Cusco, Altiplano Puno y Oriente Pucallpa, así como funcionarios del INPE y familiares de los graduados.
En esta promoción, denominada "Mariano Felipe Paz Soldán", en honor del diseñador de la penitenciaría de Lima (Panóptico -- 1862), destacaron Carlos Benedicto Machaca Mancha (tercer puesto), Henry Perciles Del Castillo Chasquibol (segundo lugar) y Jenny Angélica Colchao Avila (primer puesto). Ellos recibieron un reconocimiento especial que fue entregado por el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, la secretaria general del INPE y el segundo vicepresidente del CNP, respectivamente.
La banda de música del Ejército del Perú amenizó el evento.
Durante la reseña histórica del proceso de capacitación, a cargo del director del CENECP, se hizo mención que el grupo se inició con 423 aspirantes, pero 20 se quedaron en el proceso. Fueron instruidos en cursos sobre Derechos Humanos, uso de armamento, Normas Legales, Ética y liderazgo, Primeros auxilios, Negociación de conflictos, Manejo de la ira, entre otros. También realizaron prácticas en siete penales de Lima donde demostraron eficiencia.
Cabe precisar que los 403 nuevos servidores forman parte de las "10 medidas de la Reforma del Sistema Penitenciario" planteadas por el INPE, que señala la incorporación de 1,000 agentes penitenciarios para el 2012.
ENTREGA DE VEHÍCULOS
Previamente a la ceremonia de graduación, el segundo vicepresidente del INPE entregó las llaves de los vehículos recientemente adquiridos a los siete directores regionales presentes. Para la Región Sur Arequipa también se destinó dos camionetas, pero no fueron entregadas debido a que no pudieron llegar por la situación actual que vienen atravesando (motín de internos).
Los modernos vehículos fueron bendecidos por el párroco de la capellanía de Sarita Colonia.
Por la tarde, cada unidad móvil fue trasladada a su lugar de destino.
Dicha adquisición también forma parte de las "10 medidas de la Reforma del Sistema Penitenciario", cuya finalidad es mejorar de logística a las Direcciones Regionales del INPE.
Lima, 29 de agosto de 2012
El acto protocolar fue realizado en el patio de honor del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios (CENECP) a donde asistió el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Daniel Peirano Sánchez; la secretaria general del CNP, Laura Diaz Ugas; el director del CENECP, Max Flores Quispe; los directores regionales de Lima, Norte Chiclayo, Centro Huancayo, Nor Oriente San Martín, Sur Oriente Cusco, Altiplano Puno y Oriente Pucallpa, así como funcionarios del INPE y familiares de los graduados.
En esta promoción, denominada "Mariano Felipe Paz Soldán", en honor del diseñador de la penitenciaría de Lima (Panóptico -- 1862), destacaron Carlos Benedicto Machaca Mancha (tercer puesto), Henry Perciles Del Castillo Chasquibol (segundo lugar) y Jenny Angélica Colchao Avila (primer puesto). Ellos recibieron un reconocimiento especial que fue entregado por el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, la secretaria general del INPE y el segundo vicepresidente del CNP, respectivamente.
La banda de música del Ejército del Perú amenizó el evento.
Durante la reseña histórica del proceso de capacitación, a cargo del director del CENECP, se hizo mención que el grupo se inició con 423 aspirantes, pero 20 se quedaron en el proceso. Fueron instruidos en cursos sobre Derechos Humanos, uso de armamento, Normas Legales, Ética y liderazgo, Primeros auxilios, Negociación de conflictos, Manejo de la ira, entre otros. También realizaron prácticas en siete penales de Lima donde demostraron eficiencia.
Cabe precisar que los 403 nuevos servidores forman parte de las "10 medidas de la Reforma del Sistema Penitenciario" planteadas por el INPE, que señala la incorporación de 1,000 agentes penitenciarios para el 2012.
ENTREGA DE VEHÍCULOS
Previamente a la ceremonia de graduación, el segundo vicepresidente del INPE entregó las llaves de los vehículos recientemente adquiridos a los siete directores regionales presentes. Para la Región Sur Arequipa también se destinó dos camionetas, pero no fueron entregadas debido a que no pudieron llegar por la situación actual que vienen atravesando (motín de internos).
Los modernos vehículos fueron bendecidos por el párroco de la capellanía de Sarita Colonia.
Por la tarde, cada unidad móvil fue trasladada a su lugar de destino.
Dicha adquisición también forma parte de las "10 medidas de la Reforma del Sistema Penitenciario", cuya finalidad es mejorar de logística a las Direcciones Regionales del INPE.
Lima, 29 de agosto de 2012
Fuente : www.inpe.gob.pe
lunes, 10 de septiembre de 2012
EXPOSICIÓN Y LINEAMIENTOS PARA LA MIGRACIÓN A LA NUEVA LEY PENITENCIARA Ley Nº.29709
EXPOSITORES:
- Lic. Myriam Parker Chavez.
Jefe de la Unidad de Recursos Humanos - Sede Central - INPE.
- Armando Zarate Ramirez.
Equipo de Remuneraciones y Desplazamientos- Sede Central - INPE.
- Manuela Caballero García.
Equipo de Beneficios Sociales - Sede Central - INPE.
- Asesor Jurídico Laboralista - ANÁLISIS y COMENTARIOS.
- Lic. Myriam Parker Chavez.
Jefe de la Unidad de Recursos Humanos - Sede Central - INPE.
- Armando Zarate Ramirez.
Equipo de Remuneraciones y Desplazamientos- Sede Central - INPE.
- Manuela Caballero García.
Equipo de Beneficios Sociales - Sede Central - INPE.
- Asesor Jurídico Laboralista - ANÁLISIS y COMENTARIOS.
martes, 28 de agosto de 2012
El INPE inaugura programa “CREO”
Un programa básico para insertar a la sociedad a los internos,
denominado “Construyendo rutas de esperanza y oportunidades” CREO, fue
inaugurado por la dirección del INPE-Pucallpa. El trabajo lo realiza el
INPE conjuntamente con la Defensoría del Pueblo y la Policía Nacional.
El programa CREO, es un taller de tratamiento dirigido a la población
juvenil y adulta entre los 18 a 35 años de edad .Su objetivo es
desarrollar competencias psicosociales, pretendiendo que el interno
participante asuma la responsabilidad de alcanzar las metas del
tratamiento propuesto, señaló, el técnico penitenciario Jorge Eugenio
Vela Gómez director del INPE. Agregó, que el programa CREO insertará los
programas de intervención en habilidades sociales y cognitivas,
programa de aprendizaje de habilidades y capacidades técnico
ocupacionales e intervención para fortalecer el vínculo familiar
proactivo, los cuales se llevaran por un lapso de veinticuatro meses,
con el objetivo de que cumplan con neutralizar a los jóvenes buscando en
ellos personas diferentes a la que vivieron antes de su ingreso.
Manifestaron los representantes de la Defensoría del Pueblo, que para el
desarrollo del programa se han considerado las siguientes premisas,
contar con una población focalizada, el cual cumplirán con un perfil que
pueda garantizar su evolución, siendo en su mayoría jóvenes primarios
recluidos por delitos contra el patrimonio y, el modo de intervención es
bajo el sistema de comunicación terapéutica. El programa tiene
objetivos básicos para que cuando un interno egrese del establecimiento
penal, ocupe su tiempo en labores productivas, por eso mediante el
programa se desarrollarán talleres ocupacionales que les permitan
establecer en su vida, como, hábitos laborales y el desenvolvimiento en
actividades productivas.
lunes, 27 de agosto de 2012
Convocatoria INPE Puno - CAS
La Oficina Regional Altiplano Puno convoca las plazas vacantes de:
01 Trabajador social para el EP Challapalca valor referencial
s/.2,000
01 medico para el establecimiento penal de Juliaca - valor
referencial: 2,000
Bases y Convocatoria:>>>
informes en
miércoles, 15 de agosto de 2012
Simulacro Nocturno Por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional Miércoles 15 de Agosto
El Gobierno Nacional,
mediante la Resolución Ministerial Nº 087-2012-PCM, publicada en las
Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, aprobó la realización de
los Simulacros por Sismo y Tsunami a nivel nacional para el año 2012.
La fecha programada para la realización del simulacro es la siguiente:
Simulacro Nocturno por Sismo y Tsunami
Día: 15 de agosto de 2012.
Hora: 21:00 horas.
La fecha programada para la realización del simulacro es la siguiente:
Simulacro Nocturno por Sismo y Tsunami
Día: 15 de agosto de 2012.
Hora: 21:00 horas.
::
SIMULACRO NACIONAL DE SISMO Y TSUNAMI 2012::
|
||
La Resolución Ministerial Nº 087-2012-PCM Aprueban realización del os Simulacros por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional - 2012 | ||
Norma Legal Publicación de Directiva que Aprueba Lineamientos Simulacro de Sismo y Tsunami 2012 | ||
Plan de Comunicaciones - Simulacro Nocturno Por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional Miércoles 15 de Agosto | ||
Directiva N° 004 mediante la cual se aprueban los Lineamientos para el Planeamiento Organización Preparación Ejecución y Evaluación de Simulacros por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional | ||
Ficha de Evaluación Población Simulacro por Sismo y Tsunami | ||
Diseño de escenario sobre el impacto de un sismo de gran magnitud en Lima Metropolitana y Callao | ||
:: MATERIAL
DE DIFUSIÓN ::
|
||
Piezas Gráficas para Descarga | ||
Cartilla Informativa para periodistas | ||
Afiches | ||
Banner Web | ||
Gigantografía Lima | ||
Gigantografía Regiones | ||
Pasacalles | ||
Pie Página | ||
Pop Up (Ventana Emergente) | ||
Volante | ||
Video de Simulacro Nocturno por Sismo y Tsunami | ||
Cuña Radial Simulacro Nacional por Sismo y Tsunami 15 segundos | ||
Cuña Radial Simulacro Nacional por Sismo y Tsunami 30 segundos |
lunes, 6 de agosto de 2012
CONVOCATORIA Nº 013-2012-INPE/24.RR.HH.
ABOGADO, TRABAJADOR SOCIAL Y PSICOLOGO
01 abogado, 01 trabajador social y 01 psicologo para el establecimiento penal de regimen cerrado especial de challapalca
Valor Referencial: 2,000
Fuente:
viernes, 20 de julio de 2012
Ley que incorpora diversos artículos al Código Penal relativos a la seguridad en los centros de detención o reclusión.
Artículos sobre Seguridad Informática en Centros de Detención o Reclusiòn en Código Penal Peruano
Por Ley 29867, publicada hoy 22 de Mayo de 2012 en el Diario Oficial el
Peruano, se han incorporado diversos artículos al Código Penal relativos
a la Seguridad Informática en los Centros de Detención o Reclusión. La
presente Ley entra en vigencia a los sesenta dìas calendario de su
publicaciòn.
Ingreso indebido de equipos o sistemas de comunicación vìa internet
Se incorpora al Código Penal el artículo 368-A, en los siguientes términos: Artículo
368-A.- Ingreso Indebido de equipos o sistemas de comunicación,
fotografìa y/o filmaciòn en centros de detenciòn o reclusiòn. " El
que indebidamente ingresa, intenta ingresar o permite el ingreso a un
centro de detenciòn o reclusiòn, equipos o sistemas de comunicaciòn,
fotografìa y/o filmaciòn o sus componentes que permitan la comunicaciòn
telefònica celular o fija, radial, vìa internet u otra anàloga del
interno, asì como el registro de tomas fotogràficas o de video, serà
reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de
seis años. Si el agente se vale de su condiciòn de autoridad, abogado
defensor, servidor o funcionario pùblico para cometer o permitir que se
cometa el hecho punible descrito, la pena privativa de la libertad serà
no menor de seis ni mayor de ocho años e inhabilitaciòn..".
Ingreso indebido de materiales o componentes con fines de elaboraciòn de equipos de comunicaciòn
Se incorpora al Código Penal el artìculo 368-B, en los siguientes tèrminos: Artículo
368-B.- Ingreso indebido de materiales o componentes con fines de
elaboración de equipos de comunicaciòn en centros de detenciòn o
reclusión. " El que indebidamente ingresa, intenta ingresar o
permite el ingreso a un centro de detenciòn o reclusiòn, materiales o
componentes que puedan utilizarse en la elaboraciòn de antenas,
receptores u otros equipos que posibiliten o faciliten la comunicación
telefónica celular o fija, radial, vìa internet u otra análoga del
interno, serà reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos
ni mayor de cuatro años. Si el agente se vale de un menor de edad o de
su condición de autoridad, abogado defensor, servidor o funcionario
público para cometer o permitir que se cometa el hecho punible descrito,
la pena privativa será no menor de tres ni mayor de seis años e
inhabilitación...".
Sabotaje de los equipos de seguridad y de comunicación en establecimientos penitenciarios
Se incorpora al Código Penal el artículo 368-C, en los siguientes tèrminos: Artículo 368-C.- Sabotaje de los equipos de seguridad y comunicación en establecimientos penintenciarios.
"El que en un centro de detención o reclusión vulnera, impide,
dificulta, inhabilita o de cualquier otra forma imposibilita el
funcionamiento de los equipos de seguridad y/o comunicación en los
establecimientos penitenciarios, será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de cinco años ni mayor de ocho años. Si el agente se
vale de un menor de edad o de su condición de autoridad, abogado
defensor, servidor o funcionario público para cometer o permitir que se
cometa el hecho punible descrito, la pena privativa será no menor de
ocho años ni mayor de diez e inhabilitación...".
Comentarios
Se han incorporado, entre otros, por la Ley 29867, los artículos 368-A,
368-B y 368-C al Código Penal Peruano que se encuentran en el título
respectivo a los Delitos contra la Administración Pública, en la sección
de violencia y resistencia a la autoridad. Estos delitos informàticos
atañen a la seguridad informática en los centros de detención o
reclusión. Por su importancia y novedad hemos creído conveniente
publicarlos en este Blog.
Ley que incorpora diversos artículos al Código Penal relativos a la seguridad en los centros de detención o reclusión.
Artículo único. Objeto de la Ley
Incorpóranse al Código Penal los artículos 368-A, 368-B, 368-C, 368-D,
368-E y modifícase el artículo 415, en los siguientes términos:
“Artículo 368-A.- Ingreso indebido de equipos o sistema de comunicación,
fotografía y/o filmación en centros de detención o reclusión
El que indebidamente ingresa, intenta ingresar o permite el ingreso a un
centro de detención o reclusión, equipos o sistema de comunicación,
fotografía y/o filmación o sus componentes que permitan la
comunicación telefónica celular o fi ja, radial, vía internet u otra
análoga del interno, así como el registro de tomas fotográficas
o de vídeo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de
cuatro ni mayor de seis años.
Si el agente se vale de su condición de autoridad, abogado defensor,
servidor o funcionario público para cometer o permitir que se cometa el
hecho punible descrito, la pena privativa será no menor de seis ni mayor
de ocho años e inhabilitación, conforme al artículo 36, incisos 1 y 2,
del presente Código.
Artículo 368-B.- Ingreso indebido de materiales o componentes con fi
nes de elaboración de equipos de comunicación en centros de detención
o reclusión
El que indebidamente ingresa, intenta ingresar o permite el ingreso a un
centro de detención o reclusión, materiales o componentes que puedan
utilizarse en la elaboración de antenas, receptores u otros equipos
que posibiliten o faciliten la comunicación telefónica celular o fija,
radial, vía internet u otra análoga del interno, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
Si el agente se vale de un menor de edad o de su condición de autoridad,
abogado defensor, servidor o funcionario público para cometer o
permitir que se cometa el hecho punible descrito, la pena privativa
será no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación, conforme
al artículo 36, incisos 1 y 2, del presente Código.
Artículo 368-C.- Sabotaje de los equipos de seguridad y de comunicación en establecimientos penitenciarios
El que dentro de un centro de detención o reclusión vulnera, impide,
dificulta, inhabilita o de cualquier otra forma imposibilite el
funcionamiento de los equipos de seguridad y/o de comunicación en los
establecimientos penitenciarios, será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años.
Si el agente se vale de un menor de edad o de su condición de autoridad,
abogado defensor, servidor o funcionario público para cometer o
permitir que se cometa el hecho punible descrito, la pena privativa será
no menor de ocho ni mayor de diez años e inhabilitación, conforme al
artículo 36, incisos 1 y 2, del presente Código.
Artículo 368-D.- Posesión indebida de teléfonos celulares o, armas,
municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos
en establecimientos penitenciarios
La persona privada de libertad en un centro de detención o reclusión,
que posea o porte un arma de fuego o arma blanca, municiones o
materiales explosivos, inflamables, asfi xiantes o tóxicos,
será reprimida con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor
de quince años.
Si el agente posee, porta, usa o trafi ca con un teléfono celular o fi
jo o cualquiera de sus accesorios que no esté expresamente autorizado,
la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de ocho
años.
Si se demuestra que del uso de estos aparatos se cometió o intentó
cometer un ilícito penal, la pena será no menor de diez ni mayor de
quince años.
Artículo 368-E.- Ingreso indebido de armas, municiones o materiales
explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos en establecimientos
penitenciarios
El que indebidamente ingresa, intenta ingresar o permite el ingreso a un
centro de detención o reclusión, un arma de fuego o arma blanca,
municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos
para uso del interno, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de ocho ni mayor de quince años.
Si el agente se vale de un menor de edad o de su condición de autoridad,
abogado defensor, servidor o funcionario público para cometer o
permitir que se cometa el hecho punible descrito, la pena privativa será
no menor de diez ni mayor de veinte años e inhabilitación, conforme al
artículo 36, incisos 1 y 2, del presente Código.
Artículo 415.- Amotinamiento de detenido o interno
El detenido o interno que se amotina atacando a un funcionario del
establecimiento o a cualquier persona encargada de su custodia, u
obligando por la violencia o amenaza a un funcionario del
establecimiento o a cualquier persona encargada de su custodia a
practicar o abstenerse de un acto, con el fi n de evadirse, será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años.
Si el agente provoca un motín, disturbio o cualquier violación contra la
integridad física de cualquier persona o de la seguridad interna o
externa del recinto, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de seis ni mayor de ocho años.
Los cabecillas o dirigentes del motín serán sancionados con la pena señalada, aumentada en una tercera parte.”
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA. Exención de responsabilidad penal
La persona privada de su libertad que voluntariamente entregue armas de
fuego o arma blanca, municiones o materiales explosivos, infl amables,
asfi xiantes o tóxicos, así como teléfonos celulares o fijos o sus
accesorios antes de la vigencia de la presente Ley, estará exenta
de responsabilidad penal.
SEGUNDA. Difusión de la norma
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Instituto
Nacional Penitenciario (INPE), y el Ministerio del Interior, a través de
la Policía Nacional del Perú, difundirán el contenido de la presente
Ley en los establecimientos penitenciarios y centros de detención
o reclusión de todo el país antes de su entrada en vigencia.
TERCERA. Vigencia
La presente Ley entra en vigencia a los sesenta días calendario de su publicación en el diario oficial El Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA. Derogatoria
Derógase el numeral 5 del artículo 25 del Código de Ejecución Penal.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.
En Lima, a los siete días del mes de mayo de dos mil doce.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
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